Los riesgos psicosociales son aquellos aspectos del trabajo relacionados con la organización, el contenido y la realización de las tareas que pueden causar trastornos en la salud, tales como estrés, ansiedad, depresión, enfermedades cardiovasculares, úlcera de estómago o contracturas y dolores de espalda, por mencionar aquellos efectos sobre los que se dispone de más estudios.

 

Los riesgos psicosociales también pueden comportar efectos negativos para la empresa (absentismo, baja productividad, mala calidad, etc.).

 

Estos riesgos psicosociales son de difícil medir, puesto que es muy difícil, por ejemplo, establecer la relación causa-efecto que provocan sobre la salud. La evaluación de riesgos psicosociales debe contemplar todos aquellos factores que pueden generar estrés laboral, fatiga mental y emocional, acoso y violencia en el trabajo.

 

Según los criterios técnicos de Inspección de Trabajo y Seguridad Social (en especial «Criterio Técnico ITSS 104/2021. Riesgos Psicosociales») en todos los puestos de trabajo hay exposición a los riesgos psicosociales en menos o mayor medida, sin excepción del tamaño de la empresa, sector o actividad, siendo necesaria una evaluación de riesgos psicosociales en cumplimiento del artículo 15 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.

 

Inspección de Trabajo y Seguridad Social puede actuar requiriendo una evaluación de riesgos psicosociales, en especial en aquellas empresas que se dé alguna de las siguientes situaciones:

– Teletrabajo

– Conflictos en la gestión de horarios y jornadas

– Trabajos a turnos y/o nocturnos

– Actividades o tareas monótonas y repetitivas

– Actividades de atención directa con los clientes

– Se hayan producido accidentes laborales por causas de infarto o derrame cerebral

– Bajas laborales por ansiedad o depresión

– Teleoperadores

– Control BONUS o incentivos de la Seguridad Social en la empresa

 

PLG, dentro de la evaluación general de la empresa, ya facilita medidas preventivas generales para estos riesgos, pero para cumplir estrictamente con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (31/1995) debe realizarse la evaluación de riesgos psicosociales mediante un método específico y reconocido. El método de evaluación de riesgos psicosociales debe garantizar como mínimo las siguientes condiciones:

– Consulta y participación de los trabajadores

– El personal de dirección debe participar e involucrarse

– Recogido en las normas UNE o guías técnicas del INSST o Generalidad de Cataluña.

– Incorporar conocimiento científico existente. Ofrecer criterios objetivos de valoración del riesgo.

– Permitir y proporcionar confianza basada en la triangulación de resultados, así como en la validez y fiabilidad

– Facilitar la planificación de las medidas y su seguimiento

 

Para llevarla a cabo la evaluación de riesgos psicosociales, la empresa y los representantes de los trabajadores deben firmar un acuerdo en el que se establece qué método de evaluación de riesgos psicosocial se aplicará y compromiso de aplicar y llevar a cabo las medidas que se deriven.

 

Las empresas que ya disponen de la evaluación de riesgos psicosociales solo deben comunicarnos si ha habido algún cambio significativo.

 

Para que se lleve a cabo la evaluación de riesgos psicosociales de su empresa es necesario que se pongan en contacto con nosotros en el Tel. 972 21 57 51 y pidan por Josep Miquel Rey (Dept. Técnico).

Estas actuaciones serán realizadas por el equipo de trabajo de la empresa con asesoramiento de un Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales de PLG siguiendo el método reconocido y respetando en todo momento la confidencialidad. Esta actuación preventiva genera un coste añadido que deberá consultarse.

 

Además, para quienes quieran ampliar la información sobre los riesgos psicosociales (la obligación de su evaluación y su proceso) se pueden inscribir en la sesión informativa on-line organizada por la FOEG y PLG:

Webinar: Riesgos Psicosociales en el mundo laboral

Día y hora: jueves 12 de mayo a las 9:30 h (duración 2 horas)

Para inscripciones: info@plg.cat