Ha sido publicado el II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal, incorporando los siguientes cambios y diferenciándose si los trabajadores entran o no en obras de construcción:
a) Para los trabajadores del sector del metal que entran en obras de construcción:
– Se establecen, como hasta ahora, un primer ciclo de formación de 8 horas y un segundo ciclo de 20 horas, con la aclaración que las 20 horas ya incluyen las 8 horas, por tanto, quien tenga un curso de 20 horas no tiene que realizar las 8 horas iniciales.
Desde PLG, les continuaremos ofreciendo el curso de 8 horas mientras que el trabajador no haya finalizado las 20 horas. Les recordamos que cada viernes en Girona para nuevos trabajadores en el Sector realizamos el servicio inicial (analítica de sangre, revisión médica y la formación preventiva de 8 horas).
– Se publican nuevos contenidos formativos de segundo ciclo por lugar de trabajo de 20 horas y manteniendo los ya publicados en anteriores convenios:
o Ferrallado
o Electricidad, relativo a los trabajos de montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de alta y baja tensión
o Fontanería y instalaciones de climatización
o Instalación de ascensores
o Operadores de aparatos elevadores
o Operadores de equipos manuales
o Instalaciones, reparaciones, montajes, estructuras metálicas cerrajería y carpintería metálica
o Trabajos de aislamiento e impermeabilización
o Trabajos de montaje de estructuras tubulares
o Trabajos de construcción y mantenimiento de vías férreas
o Trabajos de mantenimiento de maquinaria y vehículos en obras de construcción
o Trabajos en instalaciones de telecomunicaciones
o Trabajos en gasoductos y redes de distribución de gases combustibles
Si en su empresa tiene algún trabajador que realice estos nuevos oficios, mediante las visitas que realizan nuestros técnicos en su empresa, se irán incorporando estos oficios en nuestra base de datos, para que el Dpto. de Formación de PLG les programe esta nueva formación a sus trabajadores.
– Los trabajadores tendrán que realizar una formación de reciclaje de una duración de 4 horas cada 3 años de forma presencial. Cuando la actividad principal de un trabajador esté formada por varias actividades vinculadas a diferentes oficios, la formación contemplará todos los riesgos y medidas preventivas asociadas a los mismos. En PLG realizaremos un sol módulo de formación de reciclaje que contemplará todos los oficios del Convenio del Metal. Por tanto, si un trabajador es lampista y electricista, y tiene realizadas las formaciones de 20 horas o 6 horas para cada oficio, sólo lo convocaremos a un sol módulo de formación de reciclaje.
Cuando un trabajador haya estado más de 1 año fuera del sector metal tendrá que realizar una formación de reciclaje antes de ser incorporado en el puesto de trabajo.
Se establece un período de adaptación de 18 meses a contar desde la entrada en vigor de este Convenio Colectivo para cumplir con las formaciones de reciclajes. Durante el mes de Enero del 2018 PLG empezará a programar los módulos de formación de reciclajes.
b) Para los trabajadores del sector del metal que NO entren en obras de construcción:
– Los trabajadores del sector del metal que no entren en obras de construcción tienen que recibir una formación mínima en materia de prevención de riesgos laborales en función del puesto de trabajo que ocupan, y según las horas y los contenidos publicados en el Convenio:
o Formación de directivos (6 horas)
o Formación de trabajadores que desempeñan sus tareas en oficinas (6 horas)
o Formación de trabajadores de oficios del área de producción y/o mantenimiento (20 horas, de les cuales 12 horas son parte común y 8 horas son parte específica) de los siguientes oficios:
Contenido formativo para operarios en trabajos de soldadura y oxicorte
Contenido formativo para trabajos de carpintería metálica
Contenido formativo para trabajos de mecánica, mantenimiento y reparación de máquinas, equipos industrials y/o equipos electromecánicos (industria aeroespacial, etc)
Contenido formativo para trabajos de instalación, mantenimiento y reparación de equipos informáticos, automatismos y su programación, ordenadores y sus periféricos o dispositivos auxiliares; equipos y tecnologías de telecomunicaciones y de la información, redes de información y datos (TICs)
Contenido formativo para instaladores y reparadores de líneas y equipos eléctricos
Contenido formativo para conductores de carretillas elevadoras
Contenido formativo para operadores de plataformas elevadoras
Entre otros (se publican hasta a 32 contenidos formativos)
– Se establece un período de adaptación de 3 años para que las empresas lo puedan cumplir a razón de como a mínimo 1/6 de sus plantillas cada semestre.
– También se establece una formación de reciclaje cada 3 años de 4 horas. En el caso que un trabajador haya estado más de un año fuera del sector del metal se impartirá antes de ser incorporado en el puesto de trabajo.
– La formación recibida antes de la entrada en vigor de este Convenio Colectivo para los trabajadores del sector metal que no entren en obras de construcción será válida siempre que sea de la misma duración y contemple los contenidos formativos publicados en este convenio.
– Las entidades que impartimos estas formaciones deben de ser homologadas por la Fundación del Metal para la Formación, Cualificación y el Trabajo. Cuando se realicen estas formaciones se tendrán que comunicar en una nueva aplicación informática de la Fundación del Metal.
Si un trabajador trabaja parte de su jornada en obras de construcción y la otra parte en el taller realizando el mismo oficio, sólo tendrá que realizar la formación preventiva de este oficio para trabajar en obras de construcción (formación mencionada en el apartado a), es decir, no hará falta que realice la formación para trabajadores que no entren en obras de construcción (formación mencionada apartado b).
Para cualquier aclaración pueden llamar al 972 21 57 51 y pedir por el Dpto. de Formación.